Cuáles son los aranceles para exportar a Marruecos

Esta duda es una de las que más surgen entre nuestros clientes: exportar a marruecos y aranceles. Y es que, sin duda, el mercado marroquí sigue muy protegido en cuanto a importaciones y exportaciones se refiere. Desde 1987, cuando este país comenzó su proceso de apertura adhiriéndose a GATT y en 2000 firmando el Acuerdo de Asociación con la UE, hizo que se rebajasen esas restricciones, creando un espacio más libre para la entrada y salida de mercancía y productos.

Según ICEX, el 1 de marzo de 2012 se hizo efectivo el desmantelamiento arancelario definitivo para los productos industriales y el 1 de octubre de 2012 para los productos agrícolas, agrícolas transformados y productos de la pesca.

ICEX, en su web, especifica que los derechos arancelarios se aplican por igual a las importaciones de todo origen, a caso de que se realicen al amparo de acuerdos comerciales preferenciales (como es el caso para los productos originarios de la UE, en virtud del Acuerdo de Asociación UE-Marruecos).

Por otro lado, no están sujetas a su pago las mercancías importadas en régimen de franquicia aduanera o régimen de admisión temporal, ni los productos incluidos en los programas de incentivos previstos en la Carta de Inversiones.

Pero, ¿cuál es el valor de aduana de las mercancías? Según ICEX, es aquel que resulta de su precio al contado y al por mayor en el país de origen más todos los gastos ocasionados hasta su presentación en aduana. En las oficinas de aduanas, el valor se calcula en función del valor de la declaración de importación (precio según factura), del valor al por mayor de mercancías similares en el mercado interior o del valor comparado de transacciones de importación similares. En la práctica, el caso más frecuente es el precio según factura, que en algunas ocasiones se cuestiona por la aduana si consideran que hay subfacturación.

Cálculo de los Derechos de Importación (DI)

Del mínimo del 2,5% al máximo del 40% (salvo los productos objeto de acuerdos preferenciales, que pueden llegar a tener un arancel de 0%). Entre sus excepciones: los agrícolas y productos manufacturados localmente, llegándose al derecho máximo del 200% para las importaciones de animales de la especie ovina y productos cárnicos derivados, que en el caso de la UE se van reduciendo.

A los derechos de importación hay que sumarles el pago de la TVA (Taxe sur la Valeur Ajoutée), (del 20%) y la Tasa Parafiscal a la Importación (del 0,25%). Esta última se aplica a todas las mercancías importadas con las salvedades de las importaciones bajo regímenes aduaneros, para el desarrollo de inversiones, las que se beneficien de medidas de franquicia, y las incluidas en acuerdos con otros países.

Aun así os dejamos la página de la Aduana Marroquí que tiene una web muy completa y dónde lo explican todo a la perfección.Si tienes más duda sobre este procedimiento, en CMIM estamos a tu disposición para poder ayudarte con lo que necesites.

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